18.01. 2016
En
un orden democrático le son asignadas a las fuerzas armadas funciones
destinadas a mantener el monopolio
sobre el uso de las armas dentro del espacio de una nación. Su
tarea elemental y primaria es la defensa de la soberanía nacional frente a
todos quienes no la reconozcan o la amenacen o intenten menoscabarla. En ese
sentido las fuerzas armadas constituyen uno de los pilares en la conformación
de un Estado (de un Estado, no de un gobierno) en el marco asignado por la
Constitución y las Leyes.
Como
ha destacado Max Weber (Política como Profesión) quien a su vez sigue en
ese tema a Thomas Hobbes, no existe Estado sin el histórico fundamento de la
violencia. Eso no significa que el Estado sea una institución militar. Solo
significa que su fundamento, vale decir, su instancia originaria, es militar.
Pero desde el momento en que el Estado adquiere una forma jurídica-política, el
Ejército pasa a ser una entidad instrumental del Estado. El Estado –quizás debe
ser reiterado- es la representación jurídica y política de una nación
Los
marxistas, sin habérselo propuesto, han definido correctamente la esencialidad
del Ejército en una nación: el Ejército, afirman, es un aparato del Estado.
Desde una posición liberal democrática, el jurista Herman Heller en su libro
clásico, Teoría del Estado, ha señalado: “A diferencia del poder
político, el militar es solo un poder técnico que recibe del Estado la determinación
de sus objetivos ý su legitimación”. Ambas posiciones, la marxista y la liberal
democrática están entonces de acuerdo: El Ejército está subordinado al Estado
pero el Estado no está subordinado al Ejército.
Ahora
bien, el monopolio sobre determinados instrumentos dista de ser una propiedad
exclusiva de los cuerpos armados. Por el contrario: a cada profesión le es
asignada un monopolio sobre la utilización de determinados instrumentos. En ese
sentido toda profesión es monopólica.
Expliquemos: Practicar una profesión significa en gran medida ejercer un monopolio
instrumental. Cada profesión supone, por lo mismo, la atribución de monopolios
exclusivos. Practicar una profesión implica por lo tanto acceder a un
determinado monopolio sobre el cual cada profesión mantiene su propia
exclusividad. Ningún
monopolio profesional puede reclamar para sí atribuciones que forman parte del
inventario de otro monopolio.
A
los cirujanos les es asignado el monopolio sobre el uso del instrumental
quirúrgico. A los teólogos les es concedido el monopolio para interpretar los
textos sagrados. A los astrónomos, los telescopios para escudriñar el universo.
A un profesor, el monopolio para seleccionar y distribuir textos sobre
determinadas materias. A los militares, el monopolio de resguardar la soberanía
nacional mediante la utilización de armas no autorizadas para el uso civil.
Mantener
un monopolio instrumental significa, a su vez, ejercer vigilancia para que ese
monopolio no sea transgredido por y desde otras instancias. Así como un médico
debe protegerse de brujos, charlatanes y curanderos cuando asumen funciones que
solo están reservadas a la medicina, un militar debe velar para que ningún
grupo, banda o sector social, adquiera acceso a armas que son de exclusivo uso
militar. No puede haber militares aficionados así como tampoco puede haber
médicos aficionados.
Quiere
decir: un ejército que coexiste o mantiene contactos con otros grupos armados
se degrada a sí mismo pues al renunciar al monopolio sobre la violencia armada
legal se convierte en un grupo militar entre varios abjurando de la
exclusividad que demanda el ejercicio de su profesión. Por lo mismo, un
ejército que acepta la existencia de ejércitos o cuerpos armados paralelos,
deja de ser UN ejército. Tarea del ejército es la de desarmar a grupos armados
constitucionalmente no autorizados para usar las armas. Sobre esos temas, el
ejército debe deliberar antes de actuar.
¿Deliberar?
¿No son las Fuerzas Armadas, en tanto aparatos técnicos del Estado
jurídico-político instancias no deliberativas? ¿No esta consagrado en la
mayoría de las constituciones democráticas del mundo el principio de
no-deliberación de las Fuerzas Armadas? Esas preguntas precisan de una
aclaración:
El
principio de no-deliberación se entiende como no deliberación política,
significado que obvian algunas constituciones al considerarlo como algo que de
por sí se subentiende. Sin embargo, no es así. No son pocos los militares que
consideran el principio de no-deliberación como una afrenta a su condición de
seres pensantes. Y tienen razón. El humano, al ser pensante y hablante, es un
ser deliberante.
Los
militares en efecto, tienen y deben tener atributos deliberativos. No obstante,
esos atributos -este es el meollo del tema- no pueden trascender el campo del
ejercicio profesional en el cual actúan. En ese punto el principio de
no-deliberación tampoco se diferencia del que prima en otras profesiones. Por
cierto, la deliberación inter-militar está sometida a las normas que exigen la
jerarquía y la obediencia. Pero si dejamos de lado algunas diferencias rituales
basadas en ceremoniales arcaicos, la jerarquía y la obediencia son respetadas
en todas las profesiones, aún en las más liberales.
En
aras de buscar más precisión volvamos al ejemplo más recurrente, el de un
médico en un hospital.
Un
médico antes de operar suele deliberar (consigo y sus colegas) acerca del
momento de la operación, acerca del estado físico del paciente, acerca de la
calidad de los medicamentos. Con sus colegas puede deliberar, además, acerca de
los horarios de trabajo, del número de enfermeros requeridos, en fin, de
cientos de aspectos que tienen que ver con la profesión médica. Pero a un
médico no le está permitido deliberar políticamente durante el ejercicio de su
profesión.
Un
médico que hace arengas políticas, agita consignas y reparte panfletos al
personal hospitalario y a los enfermos, debe ser alejado cuanto antes de su
lugar de trabajo. Del mismo modo, si un médico de derecha decide no atender a
sus pacientes de izquierda, o a la inversa, estamos frente a un caso de alta
criminalidad. En la profesión militar ocurre exactamente lo mismo.
Si
un ejército brinda protección a un solo frente político en desmedro de otro ha
transgredido la función encomendada por la Constitución. Significa simplemente
que ese ejército ha sido convertido en fuerza pretoriana al servicio de un
poder ocasional y transitorio. Si así ocurre, los miembros de toda fuerza
armada se encuentran en la obligación de devolver al ejército al lugar que le
corresponde dentro del orden institucional.
En
estado de guerra los altos mandos deben deliberar sobre estrategias y tácticas
a ser empleadas para derrotar a un enemigo. En momentos de disturbio interno
pueden deliberar también acerca de como crear condiciones de tranquilidad sin
arriesgar vidas ciudadanas. Dentro de los cuarteles a los soldados les está
permitido deliberar sobre la calidad de la alimentación, sobre la dotación que
reciben, sobre el número de los destacamentos y muchas otras cosas más. Pero al
igual que a los médicos (podríamos decir, abogados, profesores, ingenieros) a
los miembros de un ejército no les está permitido deliberar políticamente
durante el ejercicio de la profesión.
Summa Summarum: con excepción de la profesión política ninguna profesión es políticamente
deliberante durante los momentos que impone su ejercicio. Luego, los militares
de profesión no pueden obtener más ventajas ni más desventajas que las que
rigen a los profesionales en las demás profesiones.
Ahora
bien, fuera del ejercicio de su profesión, con sus amigos, con su familia, con
sus conocidos, los militares, siempre que no porten uniformes ni armas, vale
decir, en tanto ciudadanos comunes y normales, tienen pleno derecho a deliberar
políticamente. Esa es la opinión
generalizada en la mayoría de los países democráticos.
¿Pueden
afiliarse los militares en partidos políticos? En ese punto las opiniones están
divididas. En la mayoría de los países democráticos no pueden hacerlo. Hay
países en los que sí pueden, aunque con ciertas limitaciones. En Italia,
Bélgica, Israel y otros, los contingentes no profesionalizados del ejército
pueden participar activamente en política. No así los contingentes
profesionales. La opinión general es que en democracia estos últimos no deben
hacerlo por las mismas razones que no deben hacerlo los miembros del poder
judicial.
El
peligro de que una deriva autoritaria convierta a los militares y jueces en
marionetas de un determinado gobierno, está siempre latente. La no filiación
política de jueces y soldados profesionales permite por el contrario el
ejercicio independiente de su profesión a diferencia de lo que sucede en
regímenes dictatoriales (Cuba, Corea del Norte, Siria) en los cuales los
militares y los jueces son obligados a ser miembros del Partido-Estado. En este
último caso hablamos de pretorianismo.
El
pretorianismo surge de la conversión de un gobierno en Estado. En los
Estados pretorianos modernos, bajo el
pretexto de una mayor participación política de las fuerzas armadas, son
liquidados los derechos políticos de los militares como ciudadanos. No puede
haber, en efecto, politización sin pluralismo político. Dentro de un orden
pretoriano los jueces y los militares pierden su independencia política
extra-profesional en nombre de una supuesta politización profesional.
La
no afiliación política de jueces y soldados es según sus defensores muy
importante para mantener, por lo menos formalmente, la independencia
profesional puesta al servicio de un Estado que al ser Estado representa a
todos los ciudadanos de una nación jurídica y políticamente constituida. Su
objetivo no es uniformar las mentes de los soldados sino todo lo contrario:
asegurar la independencia profesional e incluso política de los cuerpos
armados. Esa es la razón por las cual las luchas democráticas de nuestro tiempo
han incluido en sus plataformas la independencia política de todas las
profesiones, incluyendo en ellas a las fuerzas armadas.
La
no adscripción política de las fuerzas armadas es una garantía que asegura la
neutralidad profesional de los militares en el ejercicio de su profesión así
como la libertad política de los militares en el ejercicio de sus derechos
ciudadanos.
@FernandoMiresOl
@FernandoMiresOl