Fernando Mires, Chile: PINOCHET O EL DERECHO DE LOS OTROS


La discusión en torno al acto a favor de Pinochet que tuvo lugar el Domingo 10 de Junio de 2012 en Santiago de Chile, ha trascendido las fronteras. ¿Ha de permitirse un acto público a favor de un dictador cuando los cadáveres todavía son honrados por dolientes familias?
La primera reacción moral es un rotundo no. Sin embargo, quienes nos ocupamos con esos temas sabemos por experiencia –aunque Kant piense lo contrario- que la moral general no es suficiente para analizar situaciones que se dan en la esfera del derecho y de la política.
¿Tienen derecho a manifestarse públicamente los partidarios de antiguos gobiernos criminales? Desde el punto de vista del derecho público la respuesta sólo puede ser la siguiente: Si la letra y el espíritu de la Constitución no dicen nada en contra, a los partidarios de esos gobiernos competen los mismos derechos que a los demás ciudadanos de una nación. Eso quiere decir: si el derecho a la libre opinión y a la libre expresión es válido para unos, debe ser válido para otros. El derecho, en suma, no es divisible.
En ese punto, sin embargo, resulta imperioso establecer una diferencia. El derecho a la libre opinión no es lo mismo que el derecho a la libre expresión. O en breve fórmula: si bien toda opinión es una expresión, no toda expresión es una opinión. Trataré de explicarme con ejemplos.
Si yo doy a conocer un pensamiento, es mi opinión. Si le mento la madre a alguien, es sólo una expresión. Si alguien escribe un artículo, expresa opiniones. Si alguien se pone a gritar en la calle, no opina, pero se expresa. Quiere decir: hay expresiones que van más allá del campo del pensamiento, al cual pertenecen las opiniones. De ahí que quien reprime una opinión reprime pensamientos: No hay opiniones sin pensamientos. Pero en cambio, hay expresiones sin pensamientos.
La represión de una opinión, reprime la esencia del ser: el pensar. En cambio, no siempre la represión de una expresión es represión del pensar. Para decirlo de modo elemental: hasta un perro, cuando ladra, se expresa, pero no opina. En ese sentido la represión de una expresión de apoyo a una dictadura del pasado no es necesariamente una violación al derecho de opinión. Es por esa razón que la interpretación del derecho a la libre opinión pertenece más al campo de la jurisprudencia que al de la política. A la vez, el derecho a la libertad de expresión –ese es el punto- pertenece más al campo de la política que al de la jurisprudencia. Eso significa: el derecho a opinar es inapelable y por eso es, si así se quiere, un moderno tabú. Pero el derecho a la expresión no sólo es apelable; además, es interpretable, y lo es de acuerdo a condiciones de tiempo y lugar.
Para precisar: la interpretación del derecho a la libre expresión tiene que ver con tres proposiciones: el “cómo”, el “cuándo”, y el “dónde”. Eso quiere decir que el derecho de expresión, a diferencia del derecho de opinión puede, incluso debe, ser relativizado y, por lo mismo, requiere de una evaluación política.
Existe un caso muy similar al que se produjo en Chile, y es el que ocurre en Alemania con relación a las manifestaciones (expresiones) neo nazis. Cada vez que una ocurre, las autoridades evalúan el “dónde” (que no vaya a tener lugar cerca de una sinagoga, por ejemplo) el “cuándo” (que no tenga lugar un día que conmemora estragos de la guerra) y el “cómo” (que nadie porte armas). A la vez, las autoridades garantizan el derecho a la contra-manifestación. Eso trae consigo –como sucedió en Chile- que los contingentes policiales superan en número a manifestantes y contra-manifestantes.
Por otra parte, permitir la expresión pública del neo nazismo tiene la ventaja de detectar a los neo-nazis más recalcitrantes y, no por último, contribuye a disminuir la atractividad neo-nazi pues, sin haber leído a Lacan, las autoridades ya han entendido que no es el deseo (el deseo de ser nazi) lo que genera la prohibición sino más bien la prohibición, al deseo. Con el pinochetismo en Chile puede ocurrir algo parecido.
A diferencia de las opiniones, las expresiones públicas han de ser políticamente evaluadas. Así, para la mayoría de los gobiernos es preferible que los nudistas se expresen en campos nudistas y no en plazas; que los miembros del Ku Klux Klan, los masones y otras sectas, se encapuchen en recintos cerrados, y que las religiones –salvo en días de procesión- practiquen ritos en sus iglesias.
Hay, por cierto, en Chile, además de pinochetistas, organizaciones políticas que también tienen la manía de homenajear a gobernantes asesinos. Es el caso de los comunistas. Pero si ellos realizan tan macabros ritos en lugares cerrados, están en su pleno derecho. En el caso de la celebración pinochetista, la situación era algo más complicada: el acto iba a tener lugar en el teatro Caupolicán: un lugar cerrado y a la vez público. Frente a esa disyuntiva, el gobierno optó por “la vía alemana”, es decir: permitió la expresión y la contra-expresión, enviando a la calle a numerosos destacamentos policiales. El resultado: cientos de cabezas rotas, detenidos y contusos. Estaba programado.
Pero más allá de cualquiera evaluación, el homenaje a la memoria del asesino dictador sirvió para que algunos connotados políticos de la derecha (Chadwick, Lavín) tomaran distancia con respecto a su pasado pinochetista. A su vez, Camilo Escalona, representante del PS, partido que fue el más “castrista” de la ex UP, tomó distancia con respecto a la dictadura cubana. Enhorabuena, dirá más de alguien: de los arrepentidos será el reino de los cielos.
Sin embargo, a diferencias de la religión, la política no es lugar de los arrepentimientos, sino –lo que es algo diferente– de la rectificación. En gran medida, rectificar es pensar y quien nunca rectifica es un imbécil.
La última frase –aclaro- no es una opinión. Es sólo una “expresión”.


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