La discusión en torno al acto a favor de Pinochet que
tuvo lugar el Domingo 10 de Junio de 2012 en Santiago de Chile, ha trascendido
las fronteras. ¿Ha de permitirse un acto público a favor de un dictador cuando
los cadáveres todavía son honrados por dolientes familias?
La primera reacción moral es un rotundo no.
Sin embargo, quienes nos ocupamos con esos temas sabemos por experiencia
–aunque Kant piense lo contrario- que la moral general no es suficiente para
analizar situaciones que se dan en la esfera del derecho y de la política.
¿Tienen derecho a manifestarse públicamente
los partidarios de antiguos gobiernos criminales? Desde el punto de vista del
derecho público la respuesta sólo puede ser la siguiente: Si la letra y el
espíritu de la Constitución no dicen nada en contra, a los partidarios de esos
gobiernos competen los mismos derechos que a los demás ciudadanos de una
nación. Eso quiere decir: si el derecho a la libre opinión y a la libre expresión
es válido para unos, debe ser válido para otros. El derecho, en suma,
no es divisible.
En ese punto, sin embargo, resulta imperioso establecer
una diferencia. El derecho a la libre opinión no es lo mismo que el derecho
a la libre expresión. O en breve fórmula: si bien toda opinión es una
expresión, no toda expresión es una opinión. Trataré de explicarme con
ejemplos.
Si yo doy a conocer un pensamiento, es mi opinión. Si le
mento la madre a alguien, es sólo una expresión. Si alguien escribe un
artículo, expresa opiniones. Si alguien se pone a gritar en la calle, no opina,
pero se expresa. Quiere decir: hay expresiones que van más allá del campo del
pensamiento, al cual pertenecen las opiniones. De ahí que quien reprime una
opinión reprime pensamientos: No hay opiniones sin pensamientos. Pero en
cambio, hay expresiones sin pensamientos.
La represión de una opinión, reprime la esencia del ser:
el pensar. En cambio, no siempre la represión de una expresión es represión del
pensar. Para decirlo de modo elemental: hasta un perro, cuando ladra, se
expresa, pero no opina. En ese sentido la represión de una expresión de apoyo a
una dictadura del pasado no es necesariamente una violación al derecho de
opinión. Es por esa razón que la interpretación del derecho a la libre opinión
pertenece más al campo de la jurisprudencia que al de la política. A la vez, el
derecho a la libertad de expresión –ese es el punto- pertenece más al campo de
la política que al de la jurisprudencia. Eso significa: el derecho a opinar es
inapelable y por eso es, si así se quiere, un moderno tabú. Pero el derecho a
la expresión no sólo es apelable; además, es interpretable, y lo es de acuerdo
a condiciones de tiempo y lugar.
Para precisar: la interpretación del derecho a la libre
expresión tiene que ver con tres proposiciones: el “cómo”, el “cuándo”, y el
“dónde”. Eso quiere decir que el derecho de expresión, a diferencia del derecho
de opinión puede, incluso debe, ser relativizado y, por lo mismo, requiere de
una evaluación política.
Existe un caso muy similar al que se produjo en Chile, y
es el que ocurre en Alemania con relación a las manifestaciones (expresiones)
neo nazis. Cada vez que una ocurre, las autoridades evalúan el “dónde” (que no
vaya a tener lugar cerca de una sinagoga, por ejemplo) el “cuándo” (que no
tenga lugar un día que conmemora estragos de la guerra) y el “cómo” (que nadie
porte armas). A la vez, las autoridades garantizan el derecho a la
contra-manifestación. Eso trae consigo –como sucedió en Chile- que los
contingentes policiales superan en número a manifestantes y
contra-manifestantes.
Por otra parte, permitir la expresión pública del neo
nazismo tiene la ventaja de detectar a los neo-nazis más recalcitrantes y, no
por último, contribuye a disminuir la atractividad neo-nazi pues,
sin haber leído a Lacan, las autoridades ya han entendido que no es el deseo
(el deseo de ser nazi) lo que genera la prohibición sino más bien la
prohibición, al deseo. Con el pinochetismo en Chile puede ocurrir algo
parecido.
A diferencia de las opiniones, las expresiones públicas
han de ser políticamente evaluadas. Así, para la mayoría de los gobiernos es
preferible que los nudistas se expresen en campos nudistas y no en plazas; que
los miembros del Ku Klux Klan, los masones y otras sectas, se encapuchen en
recintos cerrados, y que las religiones –salvo en días de procesión- practiquen
ritos en sus iglesias.
Hay, por cierto, en Chile, además de pinochetistas,
organizaciones políticas que también tienen la manía de homenajear a
gobernantes asesinos. Es el caso de los comunistas. Pero si ellos realizan tan
macabros ritos en lugares cerrados, están en su pleno derecho. En el caso de la
celebración pinochetista, la situación era algo más complicada: el acto iba a tener
lugar en el teatro Caupolicán: un lugar cerrado y a la vez público. Frente a
esa disyuntiva, el gobierno optó por “la vía alemana”, es decir: permitió la
expresión y la contra-expresión, enviando a la calle a numerosos destacamentos
policiales. El resultado: cientos de cabezas rotas, detenidos y contusos.
Estaba programado.
Pero más allá de cualquiera evaluación, el homenaje a la
memoria del asesino dictador sirvió para que algunos connotados políticos de la
derecha (Chadwick, Lavín) tomaran distancia con respecto a su pasado
pinochetista. A su vez, Camilo Escalona, representante del PS, partido que fue
el más “castrista” de la ex UP, tomó distancia con respecto a la dictadura
cubana. Enhorabuena, dirá más de alguien: de los arrepentidos será el reino de
los cielos.
Sin embargo, a diferencias de la religión, la política no
es lugar de los arrepentimientos, sino –lo que es algo diferente– de la
rectificación. En gran medida, rectificar es pensar y quien nunca rectifica es
un imbécil.
La última frase –aclaro- no es una opinión. Es sólo una
“expresión”.
Sobre el tema
Chile, sigue la polémica: PINOCHET Y LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
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